Los permisos para colocación de anuncios están señalados en el Artículo 61 del Reglamento General de la Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas.
Nota: Los costos generados están sujetos a la Ley de Ingresos vigentes.
Se recibe documentación:
Se extiende orden de cobro de acuerdo al tipo de anuncio.
Presentar recibo del pago.
Se emite permiso en lapso de 3 días hábiles.