Las licencias de construcción de obra nueva están señaladas en el Artículo 101 del Reglamento General de la Ley de Construcción para el Estado y Municipio de Zacatecas.
Nota: Los costos generados están sujetos a la Ley de Ingresos vigentes.
Se recibe documentación con base a lista de cotejo para obra nueva más de 45 m²:
Solicitante firma de conformidad cédula de documentación.
Se remite documentación a revisión por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano.
Se revisa y se emite cédula de revisión por parte del área de revisión de proyectos.
Se notifica a solicitante resultado.
En caso de resultado positivo: Se emite orden de cobro y se elabora licencia de construcción.
En caso de resultado negativo: Se notifica al solicitante que complete la información observada. El solicitante anexa información actualizada y correcta.
Una vez aprobada la documentación y realizado el pago, se entrega la licencia de construcción.
Nota: Solo los proyectos en zona de declaratoria tienen proceso de revisión y deben estar aprobados por la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas y, en su caso, por el INAH.