Las licencias para efectuar bardeos, construcción de obra nueva y ampliaciones con superficies menores a 45 m² están señaladas en el Artículo 98 del Reglamento General de la Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas.
Nota: Los costos generados están sujetos a la Ley de Ingresos vigentes.
Se recibe documentación con base a la lista de cotejo para obra nueva menor a 45 m²:
Se emite orden de cobro y se elabora licencia de construcción.
Nota: Solo los proyectos en zona de declaratoria tienen proceso de revisión y deben estar aprobados por la Junta de Protección y Conservación de Monumentos del Estado de Zacatecas y, en su caso, por el INAH.
Una vez realizado el pago correspondiente, se entrega la licencia de construcción. Termina trámite.