Las licencias para demolición están señaladas en el Artículo 107 del Reglamento General de la Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas.
Nota: Los costos generados están sujetos a la Ley de Ingresos vigentes.
Presentar en ventanilla la siguiente documentación:
Una vez revisada la documentación se extiende orden de cobro.
Solicitante debe presentar recibo del pago en ventanilla.
Se emite permiso en lapso de 3 días hábiles.